No: Las Comunidades de Vecinos solo podrán prohibir el alquiler turístico por el voto unánime de todos los propietarios

La Comunidad de Madrid está en proceso de modificar el Decreto 79/2014, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico. La publicación de la Memoria ha dado lugar a una serie de publicaciones confusas acerca de cómo puede afectar esta nueva normativa a las Comunidades de Vecinos. Hoy en Minty Host te contamos qué va a pasar realmente.

En los últimos días nos hemos levantado con la noticia de que las Comunidades de Vecinos podrán prohibir la existencia de viviendas turísticas dentro de sus edificios, un hecho que fue publicado en diarios de tirada nacional como El Mundo o El País. Lo que ha provocado que poco después el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) haya asegurado que en la mayoría de comunidades es poco probable que se incluya una cláusula estatutaria «para no albergar viviendas de uso turístico”.

La doctrina ha sido unánime al determinar que un propietario pueda utilizar un piso o local en régimen de propiedad horizontal, como considere más adecuado (SSTS 30 de diciembre de 2010 [RC n.º 81/2007] ,23 de febrero de 2006 [RC n.º 1374/1999], 20 de octubre de 2008 [RC n.º 3106/2002]), ya que se considera que la catalogación como inmueble de la propiedad, no limita su uso o facultades, sino que esto necesitaría de una regulación precisa que hoy es inexistente.

Los copropietarios, por tanto, tienen el derecho de utilizar su vivienda como deseen hacerlo y los únicos casos que quedan prohibidos son aquellos que son ilegales o que el uso que quiera darse esté expresamente prohibido en el régimen de dicha propiedad horizontal, su título constitutivo o su regulación estatutaria (TS, Civil del 24 de Octubre del 2011. Recurso 527/2008).

Para la modificación de las reglas que están en el título constitutivo de la propiedad horizontal de todos los acuerdos que no están recogidos en el artículo 17 de la Ley de propiedad Horizontal o en los Estatutos de dicha comunidad, se debe contar con el apoyo unánime de todos los propietarios.

Entonces, ¿qué va a hacer la Comunidad de Madrid con el alquiler turístico?

Para dejar claro qué va pasar, en Minty Host queremos haceros un resumen de la memoria del proyecto que ha publicado la Comunidad de Madrid y que puedes consultar en su totalidad aquí.

El objetivo de este proyecto tiene que ver con las sentencias que anteriormente os hemos citado, ya que se pretende adecuar la ley a las sentencias que en los últimos años han aparecido y que hacían referencia a los alquileres turísticos, así como dar respuesta legal a todas aquellas cuestiones que todavía eran dudosas o no tenían una respuesta clara. En definitiva, y tal y como se dice en la propia memoria, se pretende fomentar un turismo sostenible, seguro y de calidad en el que tanto propietarios como turistas estén protegidos bajo la ley. Y para lograrlo, se han establecido una serie de objetivos a cumplir:

 

  1. Eliminar la prohibición de que los alquileres turísticos no puedan ser alquilados por periodos de tiempo inferiores a 5 días.

 

  1. Definir claramente qué es un canal turístico e incluir en él a las plataformas online que hoy en día utilizamos, para que queden sujetas a la ley.

 

  1. Crear un certificado de idoneidad que asegure a los huéspedes que esa vivienda turística cumple con los requisitos necesarios para su uso.

 

  1. Creación de nuevas obligaciones para los propietarios que garanticen la máxima seguridad para el huésped en particular y el turismo en general. Tales obligaciones hacen referencia a la necesidad de tener hojas de reclamaciones, tener seguro de responsabilidad civil e informar a la guardia civil de los nombres y datos de los huéspedes.

 

  1. Al igual que aparecen nuevas normas para el propietario del alquiler turístico, también lo hacen para huéspedes, que tienen la obligación de respetar con el fin de no dañar el orden cívico.

 

  1. Se eliminará el concepto de “habitualidad” y la prohibición de ceder la vivienda turística por habitaciones

 

  1. Y por último, el punto que más polémica ha generado: las Comunidades de Vecinos podrán prohibir el alquiler turístico, siempre y cuando sus estatutos lo recojan de forma expresa. Y para que esto sea así, tal y como hemos explicado previamente, se necesita de la unanimidad de los propietarios.

 

Como hemos visto, la posibilidad de que las Comunidades de Vecinos prohíban el alquiler turístico dentro de sus edificios, es realmente remota. Con este proyecto, la Comunidad de Madrid quiere regular un servicio que ya forma parte de nuestro día a día, para darle la máxima calidad y seguridad, tanto para huéspedes, propietarios como para terceros. Y en ningún momento, prohibir o fomentar la prohibición del alquiler turístico.

 

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