Puedes consultar nuestro listado de apartamentos en Minty Stay. o llamarnos directamente al +34 910 880 014.
Para realizar cualquier modificación de una reserva, contacta con nosotros por correo electrónico en: info@mintystay.com.
Si el titular es una persona física, como norma general, el alquiler de una vivienda
turística tributa como rendimiento de capital mobiliario, pudiéndose deducir los gastos
asociados al alquiler. SIn embargo, puede haber variaciones dependiendo de si se prestan
o no servicios propios de la industria hotelera. Además, también hay variaciones
dependiendo de si el titular es residente europeo o no, de si se trata de apartamentos
turísticos o viviendas con uso o fines turísticos, etc.
Para obtener más información, puedes ponerte en contacto con nosotros y te facilitaremos
información más detallada o te podremos poner en contacto con asesores fiscales de
nuestra confianza expertos en la materia.
También puedes obtener más información al
respecto en nuestro blog, visitando este
enlace, o acceder a la guía de tributación realizada por EY para Airbnb.
Depende de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre tu vivienda o apartamento
vacacional e incluso de la ciudad. En cualquier caso, si te pones en contacto con
nosotros te explicaremos todos los pasos que hay que dar para legalizar tu vivienda o
apartamentos turísticos siempre y cuando se trata de una vivienda ubicada en un lugar
donde desarrollamos nuestra actividad y por lo tanto estamos al corriente de la
normativa y exigencias vigentes.
Además puedes obtener más información al respecto en nuestro blog.
Depende de donde se encuentra tu vivienda o apartamento. Si te pones en contacto con
nosotros te explicaremos todos los pasos que hay que dar para legalizar tu vivienda o
apartamentos turísticos siempre y cuando se trata de una vivienda ubicada en un lugar
donde desarrollamos nuestra actividad y por lo tanto estamos al corriente de la
normativa y exigencias vigentes.
También podemos ayudarte en todo el proceso para legalizar tu vivienda mediante
colaboradores de confianza que ya han acompañado a muchos clientes nuestros en el
proceso.
Sí, hay seguros específicos que contemplan los alquileres de cortas y medias estancias y que cubren determinados riesgos como la responsabilidad civil frente al huésped/inquilino en caso de que le ocurra algo en la vivienda o apartamento durante su estancia, lucro cesante por incidencias/siniestros en la vivienda, daños en la vivienda, etc. Nosotros podemos recomendarte aquellos seguros que consideramos más recomendables tras haber analizado varios y habernos informado detenidamente al respecto con distintas compañías aseguradoras.